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Ley Vigente

Artículo 36. Recursos y bienes.

Artículo 36 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5577

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.

Texto consolidado

1. Se considerarán ingresos del Ente los provenientes del Fondo de Prevención y Gestión de Residuos, así como cualquier otro ingreso de derecho público que legalmente se le atribuya.

2. El Ente de Residuos de las Illes Balears podrá adquirir, mediante las compensaciones que sean procedentes, los inmuebles y las instalaciones necesarios para la prestación de sus servicios, ya sea en propiedad o mediante cesión de uso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-22.

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