Artículo 36. Responsables de las infracciones.
Artículo 36 de la Ley 6/2009, de 6 de julio, de Centros de Ocio de Alta Capacidad de Aragón. · BOE-A-2009-13718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-18.
Texto consolidado
1. Son responsables de las infracciones tipificadas en la presente ley las personas, físicas o jurídicas, que cometan la acción u omisión constitutiva de las mismas.
2. En el supuesto de que el responsable de la infracción sea un empleado, directivo o administrador de una empresa de juego, en el ejercicio de las actividades que desarrolle en el Centro de Ocio de Alta Capacidad, responderán, solidariamente con éstos, los titulares de las respectivas entidades.
3. Asimismo, responderán solidariamente de las infracciones reguladas en la presente ley quienes sean causantes o colaboren en la comisión de las conductas calificadas como tales.