Artículo 36. Exacción de la fianza ocultada y de las sanciones.
Artículo 36 de la Ley 5/1993, de 6 de mayo, de Presupuestos Generales de la Diputación Regional de Cantabria para 1993. · BOE-A-1993-21443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-07-05.
Texto consolidado
La exacción de la fianza ocultada y de las sanciones y recargos impuestos, se hará por medio del procedimiento ejecutivo, mediante la expedición de certificación por la Dirección Regional de la Tesorería General, en la forma prevista en la legislación vigente.