Artículo 36.
Artículo 36 de la Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco. · BOE-A-2012-2257
Atención: Ley 3/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En todo caso, el comisario deberá realizar, en el plazo de seis meses desde que, fallecido el comitente, tenga conocimiento de su designación, un inventario de todos los bienes, derechos, cargas y obligaciones de la sucesión, de cuyo contenido deberá dar cuenta a los presuntos sucesores.