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Ley Derogada

Artículo 36. Régimen económico-financiero de las inversiones.

Artículo 36 de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua. · BOE-A-2002-18101

Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los gastos de inversión de las infraestructuras de abastecimiento y de depuración de interés regional serán financiados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; en otro caso, serán cofinanciados con las Administraciones Locales competentes.

2. En los supuestos de cofinanciación, los porcentajes de financiación por cada una de las Administraciones intervinientes, así como el procedimiento de otorgamiento de los recursos correspondientes serán determinados mediante el Reglamento de desarrollo de la presente Ley en función del tipo de infraestructura de que se trate y de la población servida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-09.

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