El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 36. El Consejo Regional de Estadística.

Artículo 36 de la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2002-14086

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-21.

Texto consolidado

1. El Consejo Regional de Estadística es el órgano de participación en la organización estadística de Castilla-La Mancha.

2. Son competencias del Consejo:

a) Informar el Plan Regional de Estadística y los Programas Anuales de Estadística.

b) Presentar recomendaciones sobre la difusión de la estadística regional y sobre las relaciones entre órganos estadísticos e informantes y, en especial, sobre la aplicación práctica del secreto estadístico.

c) Emitir informes sobre cualquier otra cuestión estadística que le solicite la Consejería de Economía y Hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-21.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-2709.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 10/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.