Artículo 36. Procedimiento para la designación de la persona mediadora.
Artículo 36 de la Ley 1/2011, de 28 de marzo, de Mediación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-7406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-28.
Texto consolidado
La persona mediadora se designa por mutuo acuerdo de las partes o por una parte con posterior aceptación por la otra. La designación por la Consejería competente en materia de Justicia de la lista de personas mediadoras y por riguroso orden será a solicitud de ambas partes o a instancias de una con posterior aceptación de la otra, y en todo caso cuando una de las personas sea beneficiaria del derecho a la mediación gratuita.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-5196.