Artículo 36.
Artículo 36 del Instrumento de Ratificación del Convenio General entre el Gobierno Español y el Gobierno de Portugal sobre Seguridad Social, firmado en Madrid el día 11 de junio de 1969. · BOE-A-1970-798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-07-01.
Texto consolidado
1. El presente Convenio será ratificado y los instrumentos de Ratificación se canjearán en Lisboa lo antes posible.
2. Entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al del Canje de los Instrumentos de Ratificación.