El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 35. Colaboración entre Administraciones Públicas.

Artículo 35 del Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones de contratación en el sector lácteo y se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y de las organizaciones interprofesionales en el sector, y por el que se modifican varios reales decretos de aplicación al sector lácteo. · BOE-A-2019-2979

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-03.

Texto consolidado

1. Las distintas Administraciones Públicas competentes ajustarán las actuaciones que desarrollen en el marco de lo previsto en este real decreto a los principios de información mutua, de cooperación y de colaboración.

2. Asimismo, las Administraciones Públicas competentes garantizarán, en la aplicación del presente real decreto, el cumplimiento de la normativa vigente sobre garantía de la unidad de mercado, adoptando para ello las medidas normativas, de cooperación y de colaboración que resulten precisas en el ejercicio de sus competencias propias.

3. En caso de que, en el desarrollo de sus actividades de control, las autoridades competentes de las comunidades autónomas detectaran incumplimientos de otros aspectos no relacionados con la obligación de contratación, regulados en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, lo pondrán en conocimiento de la Agencia de Información y Control Alimentarios, en caso de que, en aplicación del artículo 26 de la citada Ley, se trate de incumplimientos competencia de la Administración General del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-03.

Más artículos de Real Decreto 95/2019

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 95/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.