Artículo 35.
Artículo 35 del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. · BOE-A-1991-15530
Atención: Real Decreto 905/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los bienes de naturaleza demanial que actualmente están afectos al Ministerio de Defensa podrán adscribirse al Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, previo cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 2.4 de la Ley 28/1984, de 31 de julio.