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Real Decreto Derogada

Artículo 35. Patrimonio.

Artículo 35 del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos. · BOE-A-1993-11252

Atención: Real Decreto 428/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Agencia de Protección de Datos tendrá un patrimonio propio, distinto del del Estado, formado por los bienes, derechos y valores que adquiera a título oneroso o le sean cedidos o donados por cualquier persona o entidad.

2. Los bienes que el Estado adscriba a la Agencia quedarán afectados a su servicio y conservarán la calificación jurídica originaria, debiendo ser utilizados exclusivamente para los fines que determinaron la adscripción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-24.

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