Artículo 35. Régimen retributivo.
Artículo 35 del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado. · BOE-A-1999-1365
Atención: Real Decreto 2823/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El régimen retributivo de los funcionarios y del personal al servicio de la GISE se regirá por las normas generales aplicables a la Administración General del Estado, con las peculiaridades, en su caso, del régimen de los que procedan de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y se concretará en los correspondientes catálogos y relación de puestos de trabajo.