El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 35. Gestión y cuantía de las ayudas.

Artículo 35 del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. · BOE-A-2013-3780

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-11.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Fomento transferirá a la Comunidad Autónoma o Ciudad de Ceuta o Melilla el importe de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley General Presupuestaria, y tal y como se especifique en los convenios de colaboración.

2. Las ayudas consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-11.

Más artículos de Real Decreto 233/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 233/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.