Artículo 35. Archivos de la Fe Pública.
Artículo 35 de la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos. · BOE-A-2007-9611
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-19.
Texto consolidado
Los archivos resultantes del ejercicio de la fe pública, notarial y registral, se regirán por lo dispuesto en su legislación específica.