El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 35. Vacaciones, licencias y permisos.

Artículo 35 de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-7331

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.

Texto consolidado

1. Las características de las funciones de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento y, en su caso, la jornada laboral a turnos, condicionan la concesión de licencias y de permisos y la distribución de los períodos vacacionales a las necesidades del servicio.

2. El régimen de licencias, permisos y vacaciones de los miembros de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento se regirá por lo dictado en la normativa que regule la función pública valenciana en el ámbito de la Generalitat.

3. El personal sujeto a turnos tendrá derecho a disponer del calendario anual que recoja sus turnos de trabajo y sus periodos vacacionales

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-07.

Más artículos de Ley 7/2011

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.