Artículo 35. Ayudas para la mejora de las viviendas.
Artículo 35 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. · BOE-A-2021-5136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-10.
Texto consolidado
La Administración autonómica promoverá programas de ayudas destinadas a la mejora de la habitabilidad de las viviendas y al ahorro y eficiencia energética, así como a la rehabilitación integral y mejora de la accesibilidad, teniendo en cuenta los hogares en que vivan personas con dependencia, familias monoparentales y personas con discapacidad o con dificultades de movilidad.