Artículo 35. Medidas de sensibilización y difusión.
Artículo 35 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-10640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-10.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas valencianas promoverán campañas informativas de amplia difusión con el objetivo de aumentar la cultura participativa a través de todos los medios disponibles, especialmente a través de los medios tecnológicos, y de los medios de comunicación públicos de su titularidad.
2. La Generalitat contará con la colaboración de los medios de comunicación públicos de ámbito autonómico para la difusión de procesos participativos que impliquen al conjunto de la ciudadanía.
3. La difusión de este tipo de procesos se considera publicidad institucional y contará con las campañas pertinentes para alcanzar el objetivo de informar masivamente a la ciudadanía sobre los derechos que se le otorguen.
4. Las administraciones públicas valencianas establecerán las medidas que faciliten la colaboración de los medios de comunicación comunitaria y de titularidad pública para difundir los procesos de participación ciudadana, y de los trabajos y las actividades de las entidades, en cumplimiento del derecho de acceso a los medios de comunicación públicos recogido en el artículo 20.3 de la Constitución española.