Artículo 35. Formación.
Artículo 35 de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación. · BOE-A-2021-18038
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.
Texto consolidado
1. Se adoptarán las medidas necesarias para la formación de empleados públicos en aquellas materias de especial relevancia para la gestión pública y el desarrollo de tareas vinculadas a la planificación, gestión, ejecución y control de los fondos europeos.
2. La Escuela de Administración Regional, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con las orientaciones de la Comisión Regional de Fondos, impartirá formación para la gestión eficiente de los fondos europeos en materias tales como planificación estratégica, licitación pública, procedimientos de subvenciones y ayudas, gestión financiera o presupuestaria, convenios o colaboración público-privada.