Artículo 35.
Artículo 35 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial. · BOE-A-1988-29622
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-19.
Texto consolidado
1. El Gobierno, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, determinará la fecha en que serán efectivas las plazas que correspondan a cada una de las Salas del Tribunal Superior de Justicia, con arreglo a las previsiones de la planta, atendiendo a un criterio de preferencia según las cargas competenciales de cada órgano.
2. La composición plena de todas las Salas se alcanzará dentro del período de programación previsto en el artículo 62 de esta Ley.