Artículo 35. De la asistencia e información al mayor.
Artículo 35 de la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones. · BOE-A-1996-18007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-19.
Texto consolidado
En el seno del Consejo Canario de los Mayores, determinado en el título I, capítulo l, se constituirá una comisión especialmente encargada de prestar asesoramiento e información permanente sobre todos aquellos aspectos relacionados con la situación y calidad de vida de las personas mayores.