Artículo 35. Red de Planes sobre drogas.
Artículo 35 de la Ley 3/1994, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León. · BOE-A-1994-9365
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-15.
Texto consolidado
1. La coordinación y cooperación entre la Administración de la Comunidad de Castilla y León, los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales se realizará a través de la Red de Planes sobre Drogas.
2. Las características, composición, funciones y régimen de funcionamiento de esta Red estarán reglamentariamente determinadas.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-7034.