El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 35. Multas coercitivas.

Artículo 35 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. · BOE-A-1992-17363

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-08.

Texto consolidado

Con independencia de las multas previstas en los artículos anteriores, los órganos sancionadores, una vez transcurridos los plazos señalados en el requerimiento correspondiente relativo a la adecuación de productos o instalaciones a lo dispuesto en las normas o a la obtención de autorización para la ejecución de actividades, podrán imponer multas coercitivas, conforme a lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La cuantía de cada una de dichas multas no superará el veinte por ciento de la multa fijada para la infracción cometida.#a2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-08.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 21/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 21/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.