Artículo 35.
Artículo 35 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. · BOE-A-1983-23788
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-03-21.
Texto consolidado
Los miembros de la Xunta podrán designar y cesar libremente al personal colaborador y de asistencia directa dentro de los créditos presupuestarios consignados al efecto. Este personal, de carácter eventual, cesará automáticamente al producirse el cese del miembro de la Xunta que efectuó su nombramiento.