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Real Decreto Derogada

Artículo 34. Incorporación de símbolos y motivos gráficos.

Artículo 34 del Real Decreto 1246/2008, de 18 de julio, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente. · BOE-A-2008-13682

Atención: Real Decreto 1246/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Será obligatorio incluir en el etiquetado los símbolos recogidos en el anexo III.

2. Se podrá autorizar la inclusión de otros motivos gráficos que, siendo conformes a la ficha técnica y no teniendo carácter publicitario, sean adecuados para facilitar la interpretación por los usuarios de determinadas menciones del anexo III.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-08-12.

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