Artículo 34. Estructura de los cánones.
Artículo 34 del Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre, por el que se establecen las metodologías de cálculo de los cargos del sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos básicos y de los cánones aplicados por su uso. · BOE-A-2020-17279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
1. Los cánones aplicables al uso de los almacenamientos subterráneos se compondrán de un canon de almacenamiento, un canon de inyección y un canon de extracción.
2. Mediante orden del titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se publicará:
a. El canon de almacenamiento, que se compondrá de un término fijo anual expresado en €/(kWh/día)/año.
b. El canon de inyección, que constará de un término fijo anual expresado en €/(kWh/día)/año.
c. El canon de extracción, que constará de un término fijo anual expresado en €/(kWh/día)/año.
3. Todos los cánones se expresarán con seis decimales.
4. Los cánones aplicables a productos de capacidad de duración inferior al año y a contraflujo se calcularán aplicando a los cánones publicados los correspondientes multiplicadores.
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