Artículo 34. Solicitud de inicio.
Artículo 34 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental. · BOE-A-2021-526
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-22.
Texto consolidado
La solicitud de inicio deberá ser presentada por el promotor ante el órgano sustantivo competente de emitir una autorización para fa actividad que remitirá al órgano ambiental la documentación que se establezca reglamentariamente.