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Ley Foral Vigente

Artículo 34. Áreas prioritarias y tecnologías estratégicas del Plan de ciencia, tecnología e innovación.

Artículo 34 de la Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología. · BOE-A-2018-10582

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-13.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, y demás agentes propondrán las áreas de investigación prioritarias en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra y las tecnologías estratégicas necesarias para alcanzar los objetivos establecidos en dichas áreas prioritarias. Asimismo, el Consejo Asesor de I+D+i de Navarra podrá realizar recomendaciones en relación con dichas áreas y tecnologías.

2. Para cada área prioritaria y tecnología estratégica, el plan tendrá que definir las acciones correspondientes:

a) Prioridades de I+D+i.

b) Personal investigador y formación necesaria.

c) Infraestructuras requeridas y su disponibilidad.

d) Empresas y agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, cuya actividad se centre en dicha área.

e) Sinergias con las convocatorias de ayudas nacionales y europeas existentes.

f) Acciones especiales que se consideren.

3. A efectos de optimizar la distribución de los recursos financieros disponibles, las áreas prioritarias y las tecnologías estratégicas se definirán de manera que permitan una identificación con los planes nacionales y europeos en materia de I+D+i.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-13.

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