Artículo 34. Tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
Artículo 34 de la Ley Foral 12/2018, de 14 de junio, de Accesibilidad Universal. · BOE-A-2018-8951
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.
Texto consolidado
La emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento estará sujeta a lo dispuesto en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, sin perjuicio de las condiciones de uso o de los derechos regulados en la normativa foral y local que sea más favorable.