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Ley Vigente

Artículo 34. Solicitud de declaración de incidencia ambiental.

Artículo 34 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia. · BOE-A-2014-883

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-28.

Texto consolidado

1. Toda persona física o jurídica que pretenda desarrollar una actividad comprendida en el anexo deberá solicitar la emisión de declaración de incidencia ambiental ante el órgano de la consejería competente en materia de medio ambiente, denominado en lo sucesivo órgano ambiental.

2. Con la solicitud de declaración de incidencia ambiental deberá adjuntarse la siguiente documentación:

a) Proyecto técnico redactado por técnico/a competente en la materia, en su caso.

b) Una memoria descriptiva en la que se detallen:

1.º Los aspectos básicos relativos a la actividad, su localización y repercusiones en el ambiente.

2.º Los tipos y cantidades de residuos, vertidos y emisiones generados por la actividad, y la gestión prevista para ellos.

3.º Los riesgos ambientales que puedan derivarse de la actividad.

4.º La propuesta de medidas preventivas, correctoras y de autocontrol de la incidencia ambiental.

5.º Las técnicas de restauración del medio afectado y programa de seguimiento del área restaurada en los casos de desmantelamiento de las instalaciones o cese de la actividad.

6.º Los datos que a juicio del/la solicitante gozan de confidencialidad amparada en la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-28.

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