El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 34. Incentivos y apoyos a entidades y voluntarios.

Artículo 34 de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León. · BOE-A-2006-20184

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de Castilla y León promoverán las acciones oportunas para que las entidades del voluntariado puedan obtener los beneficios fiscales que permita la legislación vigente.

2. Los voluntarios podrán disfrutar, en los términos y con el alcance que en su caso dispongan las distintas administraciones en el ámbito de sus respectivas competencias, de las bonificaciones, preferencias, incentivos o reducciones de precio en el uso de los servicios o recursos dependientes de ellas que puedan establecer con el exclusivo objeto de facilitarles el desarrollo de la actividad voluntaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

Más artículos de Ley 8/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.