El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 34. Clasificación.

Artículo 34 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de estadística de Galicia. · BOE-A-2025-2146

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-28.

Texto consolidado

1. Las infracciones a lo preceptuado en esta ley se clasifican en leves, graves o muy graves.

2. Son infracciones leves:

a) Suministrar información obligatoria a efectos estadísticos fuera del plazo establecido, cuando esta conducta no hubiese producido un perjuicio grave a los órganos estadísticos.

b) No suministrar información obligatoria a efectos estadísticos o hacerlo con datos inexactos o incompletos, cuando esta conducta no hubiese producido un perjuicio grave a los órganos estadísticos.

3. Son infracciones graves:

a) Suministrar información obligatoria a efectos estadísticos fuera del plazo establecido, cuando esta conducta hubiese producido un perjuicio grave a los órganos estadísticos.

b) No suministrar información obligatoria a efectos estadísticos o hacerlo con datos inexactos o incompletos, cuando esta conducta hubiese producido un perjuicio grave a los órganos estadísticos.

c) No cumplir las personas responsables de elaborar o difundir estadísticas la obligación de guardar reserva sobre los resultados de estas hasta su publicación.

4. Son infracciones muy graves:

a) Incumplir el deber de secreto estadístico.

b) Utilizar los datos obtenidos por los órganos estadísticos para finalidades distintas de las propiamente estadísticas.

c) Suministrar datos falsos a los órganos estadísticos.

d) Exigir información para elaborar estadísticas sin tener la condición de personal o de agente estadístico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-01-28.

Más artículos de Ley 6/2024

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.