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Ley Vigente 3 redacciones

Artículo 34. Criterios para la concesión de la autorización comercial autonómica.

Artículo 34 de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6875

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-30.

Texto consolidado

Los criterios que se tendrán en cuenta para conceder la autorización comercial autonómica serán los siguientes:

1. La adecuación del proyecto a las determinaciones y normas del Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana.

2. La adecuación del proyecto a las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente que le sea de aplicación.

3. La compatibilidad del proyecto con las directrices que para las actividades económicas establece la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

Se modifica por el art. único y anexo.6 del Decreto-ley 5/2012, de 6 de julio. Ref. DOCV-r-2012-90011.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-10-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-13777.

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