Artículo 34. Prescripción de las infracciones y las sanciones.
Artículo 34 de la Ley 25/2018, de 10 de diciembre, reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-13.
Texto consolidado
1. El plazo de prescripción de las infracciones será de dos años para las graves y de un año para las leves.
2. El plazo de prescripción de las sanciones será de dos años para las sanciones por la comisión de infracciones graves, y de un año para las sanciones por la comisión de infracciones leves.
3. En el caso de infracciones cometidas por funcionarios públicos o personal eventual, el plazo de prescripción será el establecido en la normativa reguladora del régimen disciplinario que resulte de aplicación.