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Ley Vigente

Artículo 34. Prescripción de las infracciones y las sanciones.

Artículo 34 de la Ley 25/2018, de 10 de diciembre, reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-967

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-13.

Texto consolidado

1. El plazo de prescripción de las infracciones será de dos años para las graves y de un año para las leves.

2. El plazo de prescripción de las sanciones será de dos años para las sanciones por la comisión de infracciones graves, y de un año para las sanciones por la comisión de infracciones leves.

3. En el caso de infracciones cometidas por funcionarios públicos o personal eventual, el plazo de prescripción será el establecido en la normativa reguladora del régimen disciplinario que resulte de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-09-13.

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