Artículo 34. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa.
Artículo 34 de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-4474
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-04.
Texto consolidado
En el plazo de quince días hábiles desde la aprobación del plan o programa, el órgano sustantivo remitirá para su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» la siguiente documentación:
a) La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa aprobado, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.
b) Una referencia al «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» en el que se ha publicado el informe ambiental estratégico.