Artículo 34. Participación.
Artículo 34 de la Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2019-5575
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-26.
Texto consolidado
1. Los sectores implicados en el desarrollo de las acciones formativas previstas en la presente ley participarán en la planificación, desarrollo y evaluación de las actuaciones de aprendizaje a lo largo de la vida adulta mediante los mecanismos que se establezcan en cada caso y, en general, por medio del Consejo aragonés de aprendizaje a lo largo de la vida adulta regulado en este título.
2. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón informará y consultará a los ciudadanos sobre las políticas de aprendizaje a lo largo de la vida adulta a través de dicho Consejo, a fin de garantizar su participación en los procesos de planificación y evaluación, así como en los demás elementos necesarios para el desarrollo de la presente ley.