El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 34. Interconexión registral y censal.

Artículo 34 de la Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo. · BOE-A-2024-446

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-18.

Texto consolidado

1. El Gobierno debe crear un sistema que garantice la interconexión e interoperabilidad de los distintos registros y censos de entidades sin ánimo de lucro cuya titularidad sea de la Administración de la Generalitat.

2. El sistema para garantizar la interconexión e interoperabilidad entre los distintos registros y censos de entidades sin ánimo de lucro debe permitir acceder a la información sobre las entidades que operan en Cataluña y compartirla, y debe funcionar de acuerdo con los principios de ventanilla única y de simplificación administrativa.

3. El mapa asociativo que resulte del sistema al que se refieren los apartados 1 y 2 debe ser consultable electrónicamente, con el fin de facilitar el acceso a las personas no asociadas, el trabajo entre las entidades y la visibilización del tejido asociativo de los municipios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-18.

Más artículos de Ley 11/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.