Artículo 34. Código de buen gobierno.
Artículo 34 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad. · BOE-A-2023-13671
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-18.
Texto consolidado
1. La Agencia elaborará un código de buen gobierno, que sirva tanto para orientar las actuaciones de las personas vinculadas a la misma, como para dar cumplimiento a sus fines desde una gobernanza responsable. Su objetivo será promover actuaciones desde un firme compromiso ético, y buscar una gestión eficiente, íntegra y transparente para proteger a todos sus grupos de interés.
2. El código de buen gobierno será propuesto por la dirección de la Agencia y aprobado por el consejo de administración, pudiendo ser sometido a actualizaciones posteriores para su mejora.