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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 34. Hechos causantes anteriores a la vigencia del Convenio.

Artículo 34 del Instrumento De Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Bulgaria, hecho en Valencia el 13 de mayo de 2002. · BOE-A-2003-20414

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-01.

Texto consolidado

1) Este Convenio otorgará derecho a prestaciones por contingencias acaecidas con anterioridad a la fecha de su entrada en vigor. Sin embargo, el abono de las mismas no se efectuará por períodos anteriores a su vigencia.

2) Las pensiones que hayan sido concedidas o denegadas por ambas Partes Contratantes antes de la entrada en vigor de este Convenio, se podrán revisar al amparo del mismo, a petición de los interesados. No se revisarán las prestaciones abonadas que hayan consistido en una cantidad única.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-11-01.

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