Artículo 33. Otros instrumentos.
Artículo 33 del Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería. · BOE-A-2013-7537
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
La Academia podrá dotarse de cuantos instrumentos considere convenientes para desarrollar sus fines fundacionales y estatutarios. En particular, podrá crear o participar en Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.