Artículo 33. Cuantía de las ayudas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-25.
Texto consolidado
En la convocatoria se establecerán los gastos subvencionables y la cuantía máxima de cada una de las ayudas que, dentro del crédito anual destinado para las mismas, podrá alcanzar la cantidad de 50.000 euros siempre que ese importe no supere el 50 por 100 del presupuesto del proyecto.
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- Ver la norma completa: Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.