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Ley Foral Derogada

Artículo 33. Tipos de medidas cautelares.

Artículo 33 de la Ley Foral 7/2006, de 20 de junio, de Defensa de los Consumidores y Usuarios. · BOE-A-2006-13098

Atención: Ley Foral 7/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las medidas cautelares podrán consistir en:

a) La inmovilización de productos.

b) La retirada del mercado de productos.

c) La suspensión de funcionamiento de un elemento del establecimiento o servicio.

d) El cierre de un establecimiento o la paralización de una actividad.

e) Cualquier otra medida necesaria en atención a las circunstancias del caso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-20.

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