Artículo 33. Requisitos.
Artículo 33 de la Ley 9/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior. · BOE-A-2011-2621
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-25.
Texto consolidado
1. La venta de promoción deberá ir precedida o acompañada de la suficiente información al público, en la que habrán de figurar con claridad los siguientes aspectos:
a) El producto o productos objeto de promoción.
b) Las condiciones de venta, precio habitual y descuento.
2. La venta en promoción requiere disponer de existencias suficientes para hacer frente a la oferta.
3. Si llegasen a agotarse durante la promoción las existencias de alguno de los productos ofertados, el comerciante deberá entregar al comprador un compromiso de reserva del producto seleccionado, que deberá poner a su disposición en el plazo máximo de una semana, en las mismas condiciones y precio de la oferta. Si no pudiese atender dicha demanda en el plazo señalado, deberá sustituir dicho producto por otro de similares condiciones y características.