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Ley Derogada

Artículo 33. Desarrollo reglamentario.

Artículo 33 de la Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-614

Atención: Ley 8/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Igualmente, la administración agraria valenciana atenderá al logro de las siguientes finalidades, proponiendo al Consell de la Generalitat las oportunas disposiciones para:

a) La adecuada conservación de los recursos naturales de tierra y agua.

b) El aprovechamiento hidráulico para riego que garantice un desarrollo sostenible.

c) La compatibilización de la conservación de los recursos naturales de tierra y agua con la mejora del medio rural y las condiciones de vida de las poblaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-12.

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