Artículo 33. Financiación cinematográfica y audiovisual.
Artículo 33 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. · BOE-A-2007-22439
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-30.
Texto consolidado
Con la finalidad de crear un marco financiero favorable a la industria cinematográfica y audiovisual, se podrán suscribir convenios de colaboración con bancos y entidades de crédito para facilitar y ampliar la financiación de las actividades de los productores, distribuidores, exhibidores y de las industrias técnicas y del sector videográfico, así como para el desarrollo de la infraestructura o innovación tecnológica de los citados sectores. Asimismo, podrá ampliarse el sistema de garantías bancarias al objeto de facilitar a la industria la obtención de dicha financiación.