El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 33. Órganos competentes.

Artículo 33 de la Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas. · BOE-A-1999-24183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-10.

Texto consolidado

1. La incoación e instrucción de los procedimientos a que hubiera lugar por la comisión de infracciones previstas en esta Ley corresponderán, respectivamente, al Presidente y al Secretario general de la ANPAQ.

2. Para la imposición de sanciones por infracciones tipificadas en la presente Ley, serán competentes:

a) Para las infracciones muy graves, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores.

b) Para las infracciones graves y leves, el Ministro de Asuntos Exteriores, a propuesta de la ANPAQ.

3. Las resoluciones sancionadoras previstas en este artículo ponen fin a la vía administrativa, siendo recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-01-10.

Más artículos de Ley 49/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 49/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.