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Ley Vigente

Artículo 33. Responsabilidad de las entidades colaboradoras.

Artículo 33 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

Texto consolidado

1. Las entidades colaboradoras de la Administración regional serán responsables frente a ella y las personas interesadas solicitantes de sus servicios, por los daños y perjuicios derivados del ejercicio de sus funciones.

2. En el ejercicio de sus funciones, las entidades colaboradoras de la Administración regional serán responsables de los documentos, informes y certificados que emitan.

3. Cuando dos o más entidades colaboradoras de la Administración regional actúen conjuntamente, serán todas ellas responsables de forma solidaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-08-06.

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