Artículo 33. Responsabilidad de las entidades colaboradoras.
Artículo 33 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.
Texto consolidado
1. Las entidades colaboradoras de la Administración regional serán responsables frente a ella y las personas interesadas solicitantes de sus servicios, por los daños y perjuicios derivados del ejercicio de sus funciones.
2. En el ejercicio de sus funciones, las entidades colaboradoras de la Administración regional serán responsables de los documentos, informes y certificados que emitan.
3. Cuando dos o más entidades colaboradoras de la Administración regional actúen conjuntamente, serán todas ellas responsables de forma solidaria.