Artículo 33. Deber general de promoción.
Artículo 33 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-10640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-10.
Texto consolidado
Las administraciones públicas valencianas, en el ámbito de sus competencias, establecerán medidas de promoción con el fin de promover y consolidar la cultura participativa en el conjunto de la sociedad valenciana. Estas medidas comprenderán, entre otras, las dispuestas en los siguientes artículos.