Artículo 33. Derecho de información.
Artículo 33 de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2003-9620
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-16.
Texto consolidado
1. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de las situaciones de especial riesgo para la seguridad pública que afecten a su comunidad o una zona o un ámbito determinado, y de las medidas preventivas adecuadas para afrontarlas.
2. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de las medidas previstas en los planes de seguridad que puedan afectar a sus derechos e intereses y al normal desarrollo de la convivencia ciudadana.
3. Los órganos competentes para aprobar los planes y las medidas correspondientes para afrontar situaciones de especial riesgo deben establecer los medios adecuados para la difusión pública de las informaciones a que se refieren los apartados 1 y 2.