Artículo 33. Modificación de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de asistencia jurídica a la Generalitat.
Artículo 33 de la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2026-15683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-03.
Texto consolidado
La Ley 10/2005 de 9 de diciembre, de asistencia jurídica a la Generalitat, queda modificada como sigue:
Único. Se modifica la letra a) del apartado 2 del artículo 5, que queda con la siguiente redacción:
«Artículo 5. Asesoramiento en derecho.
[…]
2. Será preceptivo el informe de la Abogacía General de la Generalitat en los siguientes casos:
a) Anteproyectos de leyes y proyectos de disposiciones con fuerza de ley o disposiciones de carácter general salvo en el caso de reglamentos que versen exclusivamente sobre materias organizativas de la Presidencia y de las Consellerias.
[…].»
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