Artículo 33. Redes de coordinación.
Artículo 33 de la Ley 3/2013, de 28 de mayo, de integración de los inmigrantes en la sociedad de Castilla y León. · BOE-A-2013-6547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-20.
Texto consolidado
Las actuaciones tanto públicas como privadas dirigidas a la integración de los inmigrantes, previo informe del órgano de participación y coordinación al que hace referencia el artículo 32 de esta ley, podrán ser coordinadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León a través del impulso y establecimiento de redes, como conjunto organizado de medios cuya finalidad es articular de manera eficaz los medios y recursos disponibles para su aprovechamiento responsable y eficiente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-9959.